OBJETIVO: Sensibilizar a los padres de familia ante la elección de representantes de grupo. para proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio.
DIRIGIDO: Padres de familia y docentes.
ACTIVIDAD: Los directores de grupo y los profesores de Ciencias Sociales lideran las acciones propuestas con la intención de abrir la posibilidad de estudiar las orientaciones desde el Manual de Convivencia Escolar para lograr una elección asertiva.
Es muy importante que el docente que acompaña la actividad incentive el compromiso de cada padre de familia en la participación y el ejercicio de la democracia para la construcción de ambientes de aprendizaje, escolares y de convivencia fortalecido en las sanas relaciones que fortalece la democracia escolar.
Hacer lectura de los artículos del Manual de Convivencia Escolar y generar conversaciones con conclusiones que permitan identificar la importancia de la participación.
Complementar hablando sobre la importancia que tiene la organización de una comunidad para que sus necesidades y derechos sean escuchados y tenidos en cuenta. Para lo cual se requiere de un líder con excelentes características.
El docente director de grupo después de la lectura debe descargar el acta que se encuentra en un link en la agenda.
Diligenciarla durante la reunión de padres de familia.
Al terminar la reunión debe subirse marcada de la siguiente manera (grado y nombre del acta. Ejemplo: 11- 1 elección por grupo representantes de los padres) al drive orientado en la agenda institucional.
Cada director recibe una planilla de asistencia la cual debe estar debidamente diligenciada y firmada por los padres de familia. Finalizada la reunión entregarla en coordinación
ARTÍCULOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
ARTÍCULO 73. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
Es un órgano de participación de los padres de familia del Colegio destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio.
Se reunirá como mínimo dos veces al año por convocatoria del rector o la rectora.
INTEGRANTES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
Estará integrado por los voceros de los padres de los estudiantes que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución.
De conformarse comités de trabajo, éstos podrán contar el apoyo de un directivo o docente del establecimiento educativo.
ARTICULO 74. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
De acuerdo a decreto 1860 en el artículo 31 el consejo de padres tiene la función de:
asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento.
velar por la adecuada prestación del servicio educativo.
adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.
PROCESO DE ELECCIÓN DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
La elección de los representantes de los padres se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento de los padres o de los padres presentes, después de transcurrida la primera hora de iniciada la asamblea.
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